miércoles, 3 de junio de 2020

PLAGIO



Por Jesús León
Todo el mundo sabe actualmente lo que es plagio, es decir, la copia substancial de obras ajenas que se dan como propias. Es, pues, un problema que afecta a los derechos de propiedad intelectual. Pero, cuando uno rastrea el término “plagio” (y derivados “plagiar”, “plagiario”, etc.) en la jerga jurídica se sorprende si quiere relacionarla con el sentido de 'hurto intelectual'.

En el Derecho Romano “plagium” es el hurto de hijos o esclavos ajenos para servirse de ellos como propios, o para venderlos y lucrarse con el producto. En derecho romano el "plagium" fue un delito perseguido por la lex Fabia y contó con una "quaestio perpetua" (tribunal permanente) llamado "quaestio de plagiariis".

En su "Lexicon" de 1492 definía Nebrija "plagium" por «el hurto de siervo o libre» y plagiarius por «el que los hurta». También Bartolomé de las Casas (1552) emplea plagiario para «secuestrador» en sus “Tratados sobre la esclavitud de los indios”. Se dan dos posibles etimologías del término: a) el origen último se encuentra en el griego πλάγιον, neutro sustantivado de πλάγιος «oblicuo, torcido, trapacero, engañoso». b) en la raíz indoeuropea * -plak, (griego plékein y latín plectere, que significan "tejer"; latín plaga “trampa”).
Fue a partir del siglo XVII cuando comenzó a ser utilizado genéricamente el término “plagio” para referirse a aquel que secuestraba o robaba las ideas creativas de otros.

Sin embargo, quiero destacar la originalidad de Marcial, que es el primero en utilizar el término “plagiarius”, cuando se queja de que otro poeta coetáneo suyo le había ‘secuestrado’ (plagiāre) algunos de sus versos. La innovación consiste, creo, en equiparar versos robados, como si fueran criaturas suyas vivientes, con personas robadas.

I 53
Commendo tibi, Quintiane, nostros —
nostros dicere si tamen libellos
possum, quos recitat tuus poeta —:
si de seruitio graui queruntur,
adsertor uenias satisque praestes, 5
et, cum se dominum uocabit ille,
dicas esse meos manuque missos.
Hoc si terque quaterque clamitaris,
inpones plagiario pudorem.

"Te encomiendo, Quinciano, mis libritos. Si es que puedo llamar míos los que recita un poeta amigo tuyo. Si ellos se quejan de su dolorosa esclavitud, acude en su ayuda por entero. Y cuando aquél se proclame su dueño, di que son míos y que han sido liberados. Si lo dices bien alto tres o cuatro veces, harás que se avergüence el plagiario."

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